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Chaco - Se promulgó la ley que sanciona la violencia digital y el uso indebido de inteligencia artificial

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El Poder Ejecutivo de Chaco promulgó la Ley Nº 4250-J mediante el Decreto Nº 1957/2026, firmado por el gobernador Leandro Zdero. La nueva norma incorpora al Código de Faltas provincial herramientas penales y preventivas para penalizar la violencia digital, la suplantación de identidad para hostigamiento y la producción o difusión no consentida de contenidos generados o alterados con inteligencia artificial.

La iniciativa, impulsada por la exdiputada Magda Ayala y sancionada por la Legislatura en julio pasado, establece severas sanciones según el tipo de infracción:

  • Creación y producción no consentida: Multas de hasta 15 salarios mínimos ($5.649.000) o arrestos de hasta 90 días para quienes elaboren material íntimo o sexual manipulado.
  • Difusión del material: Sanciones de hasta 18 salarios mínimos ($6.778.800) e igual periodo de arresto.
  • Agravantes: Las penas ascienden a 20 salarios mínimos ($7.532.000) o hasta 120 días de prisión cuando las víctimas sean menores, adultos mayores o personas con discapacidad, o bien cuando medie violencia de género, extorsión, fines de lucro o un vínculo afectivo, laboral o familiar.

Protección inmediata y reformas procesales

Para garantizar el resguardo de los afectados, la justicia podrá dictar medidas cautelares en un plazo máximo de 24 horas. Entre ellas se destacan el bloqueo o eliminación de publicaciones, la prohibición de contacto digital, la restricción de uso de plataformas y la aclaración pública sobre el carácter falso del material.

Asimismo, la norma modifica el Código Procesal Penal para acelerar la preservación de evidencia digital, regular la cadena de custodia e implementar embargos cautelares sobre cuentas y billeteras virtuales. La ley contempla de manera explícita el enfoque de derechos humanos y garantiza que no afectará el libre ejercicio del periodismo ni la actividad académica, artística o científica.

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